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  • Foto del escritorNoelia Bauzá Serra

LA PRESCRIPCIÓN DEL DELITO

La prescripción es una institución jurídica que establece un límite temporal para el ejercicio de ciertos derechos o acciones legales. La prescripción del delito implica la extinción de la responsabilidad penal por el transcurso del periodo temporal legalmente establecido.
La existencia de la prescripción en el campo del Derecho penal se basa en que el transcurso de un tiempo razonable desde la comisión de un delito sin que se haya castigado al culpable, hace que la pena ya no pueda cumplir sus finalidades de prevención general y especial, e, incluso, puede ser contraria a la finalidad resocializadora de la sanción, por lo que la prescripción extingue la responsabilidad penal.
¿CUÁNDO PRESCRIBE UN DELITO?
- A los 20 años, cuando la pena máxima de prisión del delito sea de 15 años o más.
- A los 15 años, cuando la pena máxima del delito sea de más de 10 años de inhabilitación o entre 10-15 años de prisión.
- A los 10 años, cuando la pena máxima del delito sea prisión o inhabilitación de entre 5-10 años.
- A los 5 años, los demás delitos.
- Al año, los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias.
DELITOS IMPRESCRIPTIBLES
- Delitos de lesa humanidad y de genocidio; y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.
- Delitos de terrorismo si hubieren causado la muerte de una persona.
¿CÓMO SE COMPUTA EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN?
El plazo de prescripción empieza su cómputo (dies a quo) en la fecha de comisión del delito.
El plazo se interrumpirá, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, cuando el procedimiento se dirija contra la persona indiciariamente responsable.
El plazo volverá a iniciarse cuando se paralice el procedimiento o cuando termine sin condena (ej. sobreseimiento).
En los casos de delito continuado, permanente o de tracto sucesivo (infracciones que suponen una habitualidad), el plazo se computará desde el día que se cometió la última infracción, desde que se eliminó la situación ilícita o desde que cesó la conducta.
Cuando se investiguen delitos conexos cuyo plazo de prescripción es distinto, todos ellos prescribirán cuando prescriba el más grave.
PRESCRIPCIÓN DEL DELITO POR INACCIÓN PROCESAL O PARALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No existe un concepto perfectamente definido de ‘paralización’, lo que impide determinar una regla general acerca del momento a partir del cual se entiende que un proceso está paralizado. Generalmente, para que pueda entenderse que un proceso está paralizado debe producirse una ausencia absoluta de actuaciones que impliquen una efectiva repercusión en la investigación o el procedimiento. No paralizan el cómputo de la prescripción las diligencias intrascendentes o inocuas.

Si quieres obtener más información o necesitas asesoría sobre este u otros temas relacionados con el derecho penal, no dudes en contactarnos a través de correo electrónico a info@bauzaabogados.es, teléfono +34 608 082 021 o cumplimentando el formulario de nuestra página web.

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